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5.2 Limitaciones a la navegación Copy

5.2 Limitaciones a la navegación Copy

Limitaciones

 

La autoridad Marina en todo momento podrá restringir la navegación según su criterio en determinadas zonas, por razones de seguridad, e incluso prohibir la salida de puerto cuando las condiciones meteorológicas así lo exijan. Además debemos saber:

  • La práctica de deportes náuticos en embarcaciones a vela, windsurf, motor y esquí acuático quedan prohibidas a menos de 200m de las playas y a 50m del resto del litoral.
  • Quedará prohibido fondear a menos de 200 metros de las playas con bañistas a excepción de hacerlo en los lugares destinados a tal fin.
  • Para entrar en las playas, se hará por el interior de unos canales perpendiculares a la orilla, de 25 a 50 metros de anchura, balizados al efecto con boyas cónicas de color amarillo salvo las dos primeras que serán verde a la derecha y roja a la izquierda en el sentido de la mar hacia tierra.
  • De no haber canal balizado se entrará a las playas de manera perpendicular a la playa y a menos de tres nudos con mucha precaución.
  • En las zonas de baño balizadas está prohibido el fondeo y la navegación de cualquier tipo de embarcación independientemente de su medio de propulsión.
  • En las playas se pondrán señales de forma cuadrada y un metro de largo.
  • Las señales de prohibición estarán constituidas por símbolos negros sobre fondo blanco, bordeadas y cruzadas por una franja de color rojo.
  • Las señales de autorización estarán constituidas por símbolos blancos sobre fondo azul.
  • Las reservas marinas al igual que las almadrabas se balizarán por medio de una marca cardinal luminosa, con un alcance nominal no inferior a tres millas náuticas, fondeada en la parte exterior de la rabera de fuera y cuya descripción se ajustará a la del cuadrante por el que se ha de navegar para librar la almadraba o reserva marina.

 

En el caso de los buceadores deberán señalizar su presencia mediante:

  • Una boya color naranja si practican el buceo libre.
  • Un boyarín rojo con una franja blanca si se practica pesca submarina en apnea o con la bandera “A” del Código Internacional de Señales, que es del tipo corneta azul y blanca o la bandera Bravo Modificada (rectangular de color rojo con una franja blanca en diagonal), si utilizan una embarcación auxiliar de apoyo.
  • Todas las embarcaciones mantendrán una distancia de 25 metros de resguardo con los buceadores.

 

 

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