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Plan nacional de salvamento marítimo
Con el objeto de hacer frente a las múltiples situaciones de emergencia que pueden generarse en la mar, para conseguir una coordinación eficaz de los medios y procedimientos de salvamento la Dirección General de la Marina Mercante creó en 1989 el Plan Nacional de Salvamento Marítimo y Lucha contra la Contaminación.
Los objetivos generales del Plan proporcionan un enfoque global de los siniestros marítimos desde una triple perspectiva:
- El salvamento de vidas humanas.
- El salvamento de buques y bienes.
- El control y lucha contra la contaminación.
Para llevar a cabo los mismos el Plan prevé la consecución previa de otros objetivos específicos, entre los que destacan:
- Promulgar el desarrollo normativo que apoye y soporte el Plan.
- Realizar acuerdos de colaboración con las instituciones de la administración que dispongan de medios de tratamientos de dichos
siniestros. - Establecer un sistema de vigilancia del tráfico marítimo por medio de centros de control y dispositivos de separación.
- Disponer de unidades móviles especializadas (remolcadores, lanchas, helicópteros, etc.).
- Establecer el servicio Navtex para la emisión por radio de los avisos de seguridad.
Esta Sociedad estatal creada por la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante, cumple con los requisitos contraídos por España en el plano internacional. Su objetivo principal es de responsabilizarse de la coordinación de los medios humanos y materiales necesarios en las operaciones de búsquedas y salvamento marítimo para buques o personas que soliciten asistencia en las zonas marítimas de responsabilidad de búsqueda y salvamento (SAR) asignadas a España. Por tanto le corresponden la prestación de los siguientes servicios:
- Búsquedas, rescate y salvamento marítimo.
- Control y ayuda del tráfico marítimo.
- Prevención y lucha contra la contaminación del medio mar.
- De remolque y embarcaciones auxiliares.
Centro coordinadores de salvamento
Estos Centros Coordinadores, dependientes de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, se encuentran distribuidos de forma radial, en cuyo centro está el Centro Nacional de Coordinación de Salvamento Marítimo (CNCS) situado en Madrid, y a lo largo del litoral español, se encuentran situados de forma estratégica los Centros Regionales de Coordinación de Salvamento Marítimo (CRCS):
- Bilbao
- Gijón
- Finisterre
- Tarifa
- Cabo de Gata
- San Antonio
- Cabo Blanco (Mallorca)
- Salou
- Bagur
- Tenerife
Los CRCS tienen la misión de suministrar información al CNCS y asumir la coordinación y dirección de las operaciones que tengan lugar en la zona de su responsabilidad SAR.
Sociedad estatal de salvamento y seguridad marítima
La Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) es un Organismo Público creada por la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Como tal, comenzó su andadura en 1993 como instrumento de la Administración, para la prestación de servicios de búsqueda, rescate y salvamento marítimo, prevención y lucha contra contaminación, remolque, etc.
Para cumplir con dichos objetivos disponen de los siguientes medios:
- Centros Coordinadores: funcionan las 24 horas del día y se entra en contacto a través de las frecuencias de socorro 2.182 Khz y canal 16 de VHF y desde tierra por el Teléfono de Emergencias Marítimas 900- 202 202 y 112.
- Buques de salvamento.
- Embarcaciones de salvamento de intervención rápida de 20 mts de eslora.
- Embarcaciones de salvamento de 15 mts de eslora.
- Unidades menores de lucha contra la contaminación.
- Helicópteros de salvamento.
Teniendo en cuenta el principio de coordinación, SASEMAR, a través de convenios de colaboración utiliza medios de otros organismos e instituciones, como son:
- Armada Española
- Servicio SAR del Ejército del Aire
- Servicio de Vigilancia Aduanera
- Servicio Marítimo de la Guardia Civil
- Comunidades Autónomas
- Servicio Marítimo de Telefónica
- Cruz Roja Española
Maneras de activar estos medios
A. Persona que desde tierra ve a una embarcación o personas con claros síntomas de estar en dificultades (agitar los brazos, bengalas, humo o fuego, etc.):
En tal caso, debe avisar a los Centros a través del teléfono gratuito de emergencias 900 – 202 202 y a través del 112, se pueden activar la Guardia Civil, Cruz Roja, Policía Local o Protección Civil. En cualquier caso, es vital siempre dejar un teléfono de contacto para posteriores consultas y poder ampliar los datos.
B. Personas que se encuentran con problemas a bordo de la embarcación:
Las llamadas se realizarán a través del canal 16 de VHF o 2.182 Khz.
Normas y acciones para facilitar el trabajo en situaciones de socorro
Existen una serie de normas y acciones que nos pueden facilitar enormemente el trabajo:
- Dar la voz de alarma en cuanto se dude de la condición de permanecer seguros a bordo de la embarcación o se tema que las cosas no vayan a mejorar en un futuro inmediato.
- Procurar conocer la posición exacta y las condiciones de peligro en que estamos.
- Tener confianza en los medios de rescate.
- No dudar. Es mejor que se ponga en marcha el dispositivo de emergencia y que sea falsa alarma que no hacerlo y que luego haya que lamentar ese hecho.
- Fijarse en las corrientes que nos están afectando y procurar mantenerse orientado con respecto a la costa.
- Poner en conocimiento del Centro las condiciones meteorológicas de la zona.
- Comunicar cualquier cambio sustancial en las condiciones en que estamos: si entra más agua, si hemos lanzado una bengala, si vamos a abandonar el yate en la balsa, etc. y, naturalmente, si la emergencia se cancela o se resuelve.
Zonas S.A.R (Zonas de responsabilidad de búsqueda y salvamento)
Existen cuatro zonas S.A.R:
- Atlántico.
- Canarias.
- Estrecho.
- Mediterráneo.
La primera, comprende toda la zona del Cantábrico y Galicia. La segunda, el archipiélago Canario. La tercera, comprende desde la frontera con Portugal a Cabo de Gata. La cuarta, desde Cabo de Gata hasta la frontera con Francia incluyendo el archipiélago Balear.